LA CONCILIACION EN COLOMBIA
La Conciliación en Colombia tiene rango Constitucional y está
reglamentada en la ley 640 de 2001, puede acudirse a la conciliación en
Centros de Conciliación públicos y privados que están regulados por el
gobierno nacional.
1. Lugar, fecha y hora de audiencia de conciliación.
2. Identificación del conciliador.
3. Identificación de las personas citadas con señalamiento expreso de las que asisten a la audiencia.
4. Relación sucinta de las pretensiones motivo de la conciliación.
5. El acuerdo logrado por las partes con indicación
de la cuantía, modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones
pactadas.
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